EMPRESAS FANTASMAS ACTUALES/ “Delitos de corrupción que pueden cometer las personas servidoras públicas”
EMPRESAS FANTASMAS ACTUALES
Magistrado Carlos Mena Adame
Nuestro país tiene un gran
problema con las empresas que no cumplen sus obligaciones tributarias.
La Secretaría de Hacienda hace un
gran esfuerzo para detectar este tipo de empresas que evaden sus pagos, pero
que, además, buscan la devolución de un saldo a favor que a veces es
millonario, como hemos resuelto en los juicios que conoce la Sala Superior del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Este tipo de empresas sostienen
que realizan una serie de operaciones, cuando no tienen la capacidad para ello,
como es la prestación de un servicio o la venta de bienes, por no contar con
infraestructura propia o bienes: usan de fachada una simple oficina como hemos
visto en los respectivos juicios. A esto le denomina la ley “materialidad de
las operaciones”, porque los contribuyentes tienen la carga de demostrar esta
circunstancia.
En enero de 2018, mi Ponencia en
la Segunda Sección de la Sala Superior conoció de un asunto donde la empresa
actora declaró haber tenido operaciones por casi $240 millones de enero a junio
de 2014, por los servicios que decía prestar en diversas áreas e industrias,
como son: comercialización y distribución de artículos editoriales y
publicaciones en general, de oficina, de electrónica, de discos y cintas
magnetofónicas, textiles y farmacéuticos, así como en proyectos de construcción
y comercialización de inmuebles, agroindustria, telecomunicaciones,
mantenimiento de equipos de cómputo y sistemas de software; establecimiento,
organización y funcionamiento de cafeterías, restaurantes, centros deportivos e
instituciones educativas para el aprendizaje y capacitación de idiomas; fabricación,
comercialización, instalación y mantenimiento de todo tipo de recubrimientos,
estructuras metálicas y sistemas de cableado eléctrico; todo ello, con tres
personas y cuatro computadoras. No hace falta ser abogado para que suene poco
verosímil. De ahí la obligación de la empresa en probar su capacidad para tales
operaciones
Otra figura común se da cuando hay
operaciones inexistentes o simuladas y se colocan en el mercado facturas falsas
(conforme al artículo 69 del Código Fiscal de la Federación) y cuya finalidad
es erosionar el ingreso.
Esta forma de evasión fiscal daña
gravemente la recaudación, en detrimento de la sociedad. El SAT actúa bien,
pues el daño al patrimonio del Estado es multimillonario. Empero, las acciones
sancionadoras han sido eficaces: se han logrado altos ingresos en esta
administración, pero falta camino por recorrer.
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“Delitos de corrupción que pueden cometer las
personas servidoras públicas” es una publicación de la Secretaría de la Función
Pública donde se detallan los delitos comunes a todos los trabajadores
públicos. Se habla del “ejercicio ilícito del servicio público” que contiene
diversas opciones, como incumplir los deberes; también se habla del “abuso de
autoridad”, cuando se aprovecha el cargo para el propio beneficio, se ejemplifica
cuando el funcionario le pide a sus subalternos parte de su sueldo, sin
derecho; de la “coalición de servidores públicos”, se refiere a la actuación
conjunta de trabajadores públicos para actuar contrariamente a una ley o
reglamento; se habla de la “remuneración ilícita” cuando recibe más dinero del
que le corresponde y se ejemplifica con un pago mayor al correcto por
jubilación, pensión o liquidación; se habla de la “intimidación” como sucede
cuando no se denuncian actos de corrupción por sentirse amenazado; del “ejercicio
abusivo de funciones” se refiere a actuar más allá de lo que la ley permite,
obteniendo un beneficio económico para los hijos o cualquier amistad o familia;
entre otros.
Una publicación de la Unidad de Transparencia
y Políticas Anticorrupción de la Secretaría, que cumple con la función de
inicial de informar las conductas indebidas. Esta publicación puede descargarse
del sitio de la secretaría de la función pública.
Descárguelo en https://www.gob.mx/sfp/documentos/delitos-de-corrupcion-que-pueden-cometer-las-personas-servidoras-publicas
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