ataques verbales y performáticos a la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación/ INDEMNIZACIÓN POR EL EJÉRCITO MEXICANO.
EDITORIAL Los ataques verbales y
performáticos (quema de muñecos y personificación) en contra de la presidenta
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ministra Norma Piña, parten de un
desconocimiento de la función judicial. Se asume que, como en el Poder
Ejecutivo, hay un orden vertical en donde una sola persona resuelve por el
resto de los integrantes. La Independencia judicial reside en que cada
magistrado o juez decide por sí mismo.
El reclamo a la ministra Piña
relativo a que ha soltado a delincuentes es equivocado. Quienes resolvieron a
favor de procesados fueron jueces y magistrados; muchos señalados en las
conferencias mañaneras por el presidente de la república, quien también ha
reclamado al Consejo de la Judicatura Federal por no proceder en contra de
tales titulares judiciales.
Más allá de la información
equivocada que se transmite en tales reclamos, quemar piñatas es parte de un
discurso de violencia de género que no ayuda en un país donde los feminicidios,
la trata de mujeres y los abusos de todo tipo a mujeres no han disminuido desde
hace varias administraciones. Si los actos de una mujer no te gustan, quémala,
ejerce violencia contra ella, implica el mensaje de tales actos que van más
allá del asunto judicial.
Que un hombre personifique
fársicamente a la ministra, como sucede en el Canal Once, afecta a la comunidad
LGBT, por aludir a una deshumanización de la persona trans (ya sea transexual o
trasvesti) con un cliché homofóbico rastreable antes del Porfiriato y que
incide en una figura transfóbica que viola las leyes antidiscriminatorias que
protegen a estas minorías. El que se haga desde un canal oficial (Canal Once)
implica un discurso oficial transfóbico que presupone una postura de Estado que
debe ser sancionada penal y administrativamente por violación de derechos
humanos, sin mediar denuncia personalizada. El Consejo Nacional para prevenir
la Discriminación (CONAPRED) debe tomar cartas en el asunto para evitar la
impunidad en este acto ilegal realizado con dinero público y que por ello hace
corresponsables a los encargados del Canal Once que planearon, realizaron y
transmitieron tales actos indebidos.
INDEMNIZACIÓN POR EL EJÉRCITO
MEXICANO.
Magistrado Carlos Mena Adame
El ejército mexicano se ha
caracterizado por su protección al territorio nacional y la ayuda a la
población en caso de desastres y emergencia médicas (COVID). Sin embargo,
cuando se le encomiendan actividades ajenas a su competencia originaria, se
llegan a presentar graves problemas en la población civil, por los que el
Estado tiene que responder.
En 2021, la Sala Superior del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, resolvió indemnizar a la familia
de una mujer (esposo e hijos), quien en vida se desempeñaba como reportera, por
los hechos ocurridos el 3 de septiembre de 2003, en la Carretera Nacional
Monterrey-Nuevo Laredo. Ahí falleció a causa de una herida producida por un
proyectil de arma de fuego disparada en un enfrentamiento entre el personal
militar de la Secretaría de la Defensa Nacional y un grupo delictivo.
La finada junto con su familia quedó atrapada
en un fuego cruzado de ambos grupos y una vez que se le practicaron los
exámenes periciales correspondientes, por el personal de la Procuraduría
General de la República, se determinó que la bala que le causó la muerte
pertenecía a la SEDENA.
Ante dicha situación, se condenó
a la Secretaría al pago de una indemnización a las víctimas por concepto de
muerte, daño moral y perjuicios, producto de una actividad administrativa
irregular, que no tenían la obligación jurídica de soportar.
++++
La muerte de migrantes en una
estación de Ciudad Juárez evidencia que el fenómeno migratorio no se ha logrado
asimilar por el Estado mexicano.
El libro “Identidad migrante”
proyecto conjunto de Radio TexMex FM y Pármenas, Centro de estudios (Puebla) destaca
por establecer la participación ciudadana, desde la iglesia hasta la sociedad
civil. Si en su momento se criminalizó la mera estancia y ahora se ha dado un
trato administrativo a esta falta de documentos, en los hechos se advierte que
no hay discurso compatible con el maltrato inocultable.
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