LA REFORMA LABORAL CIUDADANA/ ¿Y PARA CUANDO UNA LEY DE RESPONSABILIDAD LEGISLATIVA?
LA REFORMA LABORAL CIUDADANA
Ricardo Guzmán Wolffer
En instaurar los cambios legales
no sólo participa el gobierno, también los abogados usuarios. En muchas
ocasiones, es el gremio litigante el que realiza el análisis y difunde el
conocimiento. Un caso emblemático de esta participación civil es el maestro
Gilberto Chávez Orozco, director del Instituto de Posgrado en Derecho y parte
de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados, quien recientemente recibió de la
Academia Mexicana del Derecho Procesal del Trabajo el Premio Nacional al Mérito
Jurídico Laboral.
Su labor en la preparación de los
nuevos jueces laborales en muchos estados de la República y la capacitación
permanente que ofrece el instituto a su cargo, además de una larga trayectoria
en el área laboral, fueron la base para darle este premio nacional.
Gilberto Chávez es un ejemplo de
participación ciudadana en aspectos que pueden solventarse bajo la idea de que
el ciudadano también forma parte del Estado mexicano y que coadyuva con el
servicio de administración de justicia en la preparación de funcionarios
judiciales: desde el sector privado aporta el conocimiento obtenido durante
décadas de ejercicio para que la calidad de la justicia mejore. Cuando toda la
ciudadanía se vuelva participativa y actúe con la certeza de que el patriotismo
se muestra en los hechos, otro país tendremos.
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¿Y PARA CUANDO UNA LEY DE RESPONSABILIDAD
LEGISLATIVA?
Silvino Vergara Nava*
Con la intención de perfeccionar
el sistema jurídico, apelando con mejorar el contenido de las leyes, para que
no se vele simplemente por la seguridad jurídica y se apele a un mejor
contenido de ellas, que también aspire a la justicia, se le ha cargado la mano
al Poder Judicial.
Hoy, no solamente dicta
sentencias que declaran la inconstitucionalidad de una ley, por ser contraria a
los derechos constitucionales, esto es resolver antinomias, sino que también
dicta las denominadas sentencias “manipulativas”, que son las que obligan al
legislador a dictar una ley que se ha omitido crear, o bien, resuelve sobre la
falta de precisión de leyes programáticas, y el juzgador debe determinar cómo
prestar un derecho social, (de salud, de educación, de vivienda, medio
ambiente, etc.) Parte de la doctrina asume que este tipo de sentencias
trastocan la división de poderes, pues el Poder Judicial, permanentemente
“corrige la plana al legislador”.
Esto también se da en el Poder Ejecutivo,
donde éste cuenta con una serie de atribuciones que deberían corresponder al
legislador ya que, incluso legislando por debajo de los reglamentos bajo el
concepto de “cláusulas habilitantes”, se encarga de precisar el contenido y las
obligaciones de materias como: comercio exterior, aduanero, fiscal, ambiental,
etc., que por la dinámica del mundo actual, sería muy lento que el legislador,
en las leyes, se encargara de regular estas materias tan dinámicas. Pareciera
que hay una intromisión de la administración pública al campo legislativo.
Con todas estas inconsistencias,
que en el fondo se trata de salidas jurídicas para un mejor sistema jurídico,
no se ha puesto sobre la palestra una ley sobre responsabilidad legislativa por
dejar intocados cientos de iniciativas de leyes o por crear normas
anticonstitucionales o inconvencionales o tan mal hechas que generan cientos de
amparos en contra. Así como hay responsabilidad para los miembros de los otros
dos poderes, debería haber para diputados y senadores: los legisladores son lo
menos responsables de sus irresponsabilidades.
*Director de Pármenas
Centro de Estudios. (Web: parmenasradio.org)
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“Cuadernos de jurisprudencia núm.
16 Libre desarrollo de la personalidad” es parte de la colección sobre Derechos
Humanos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En estos cuadernos se
reseñan y desglosan resoluciones judiciales relevantes. Aquí se habla del uso
lúdico de mariguana, el alcance de tatuarse, el concubinato y el matrimonio entre
personas del mismo sexo, la interrupción legal del embarazo y las técnicas de
reproducción asistida; quizás la parte menos conocida sea el derecho de niños y
adolescentes a ejercer su libre desarrollo de la personalidad o los límites de
los convenios de divorcio.
Información esencial en los
caminos contemporáneos de la sociedad y la familia democráticas.
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Escuche los podcasts de “Derecho
inútil y venganza festejada” y “Abuso formador” en “Literatura y derecho” de
Ricardo Guzmán Wolffer en Spotify y plataformas afines.
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