EL INEXPLICABLE ABANDONO BUROCRÁTICO/ “La conformidad de tolerancia en la responsabilidad criminal de las personas jurídicas” de Efrén Hernández Monrreal

 

EDITORIAL

Dentro de la tramitología inagotable de la burocracia federal no es raro encontrar sitios de oportunidad para mejorar el servicio público. Uno es recortar tiempos en la reposición y entrega de tarjetas para el bienestar cuando el beneficiario es un adulto mayor.

José Alonso Zepeda Palacios tiene 74 años. Reportó su tarjeta 4915 6632 3558 4753 como extraviada desde el 2 de septiembre pasado. El 12 de septiembre volvió a llamar para reportarla, lo hizo por escrito y el 5 de octubre fue requerido para presentar la documentación que ya había remitido. 2 meses después sigue sin recibir la reposición. Para muchos adultos mayores, el apoyo de la Secretaría del Bienestar es la diferencia entre comprar medicinas o contar con alimentos básicos. Es necesario eficientar este servicio para que llegue a los beneficiarios.

 

EL INEXPLICABLE ABANDONO BUROCRÁTICO

Ricardo Guzmán Wolffer

 

El insospechado esfuerzo de las Salas y el Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje no ha sido correspondido por la reforma laboral. La Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado se elaboró con el supuesto de que las entidades públicas cumplirán inmediatamente los laudos condenatorios, pero la realidad no es así. Pueden pasar décadas o morir el trabajador y sus beneficiarios de primero y segundo grado antes de que se cumplan los pagos fijados en el laudo. Esta ley federal señala para los desobedientes una multa única por el equivalente a un peso, como si con ello las entidades públicas que perdieron un juicio laboral fueran a cumplir de buena fe.  Por supuesto, es insuficiente apercibir a un Secretario de Estado con una multa de un peso para que cumpla con su obligación legal de obedecer un mandato jurisdiccional.

La necesidad impostergable de que se modifique la ley burocrática dotando de herramientas coercitivas eficaces a las Salas de este tribunal federal para que se hagan cumplir sus laudos, debió ser atendida en la publicitada reforma laboral. Quienes piensan que los burócratas federales tienen mayor cobertura en los juicios de reinstalación porque no se limitan los salarios caídos a un año, como en la Ley Federal del Trabajo, desconoce el alto índice de incumplimiento por parte de las demandadas.

Si ello fuera insuficiente para considerar que hay un olvido incomprensible, la ley burocrática no contempla la sustitución oficiosa temporal de los magistrados. Mientras la Secretaría de Gobernación, por ejemplo, no designe al nuevo magistrado que integre la Sala tripartita, en purismo jurídico, no pueden dictarse laudos por falta de quórum legal. No importa la intención de tener al día los procedimientos, el Pleno y las Salas del tribunal burocrático federal están impedidos para actuar. Bastaría una circular emitida por órgano competente para que el Presidente de cada sala o del tribunal designara un sustituto temporal que permitiera laborar en lo que los encargados legales del nuevo nombramiento cumplen la tramitología jurídico-política respectiva.

Al final, los afectados son los trabajadores que tuvieron que esperar años para ganar un juicio de reinstalación con pagos; con ello se menoscaba el desempeño jurisdiccional, el Estado de Derecho y el respeto al derecho humano al debido proceso. No es cosa menor. La reforma laboral debe enfocar sus próximas acciones al tribunal burocrático federal para modernizarlo, adecuarlo a los tiempos actuales.

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“La conformidad de tolerancia en la responsabilidad criminal de las personas jurídicas” de Efrén Hernández Monrreal (edit. Thomson Reuters) hace señalamientos casi filosóficos sobre el derecho y su significado. Al tratarse de una figura derivada del derecho anglosajón, adecuarla al derecho “romano-mexicano” presenta dificultades conceptuales y lingüísticas.

Más allá de la denominación, la prevención de conductas criminales en empresas es indispensable por las consecuencias jurídicas que para las personas jurídicas tienen los delitos cometidos por sus trabajadores, ya sea en la construcción física y conceptual de la empresa, en su organización cotidiana o en su operatividad regular.

El derecho comparado nacional e internacional evidencia la importancia y la utilidad del tema: las demandas judiciales han iniciado. Un libro visionario que obliga a replantear la organización de las personas jurídicas.

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