EL PRECEDENTE OBLIGATORIO/

 

EDITORIAL La nota nacional relativa a la desobediencia de las autoridades de Salud respecto de la suspensión concedida por un juez federal para que se aplicara la vacuna antiCovid a una menor de edad (Zulma González García) con diabetes tipo I tienen dos aspectos mayores: la aparente impunidad con que una autoridad desobedece la suspensión de amparo, cuando esta conducta constituye un delito federal; y que el desprecio a un mandato judicial, en este caso, va aparejado del desprecio a la vida de una menor de edad. Bastaría el Interés superior del menor para dar prioridad al cumplimiento de una suspensión. El asunto compromete al juez federal a hacer obedecer su resolución y a las fiscalías estatal y federal con residencia en Veracruz a castigar al funcionario que desobedeció un mandato judicial. Una falta que no puede esconderse en alegaciones políticas. La vida de una menor está en juego. El respeto al Poder Judicial Federal está en juego.

EL PRECEDENTE OBLIGATORIO

Erika Alejandra Rosas Núñez

El pasado 11 de marzo se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma constitucional relativa al Poder Judicial de la Federación. Entre las novedades que establece, el párrafo décimo segundo del artículo 94 dispone que: Las razones que justifiquen las decisiones contenidas en las sentencias dictadas por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por mayoría de ocho votos, y por las Salas, por mayoría de cuatro votos, serán obligatorias para todas las autoridades jurisdiccionales de la Federación y de las entidades federativas.

Posteriormente, el Pleno de la Corte emitió el Acuerdo General Número 1/2021, por el que se determina el inicio de la Undécima Época del Semanario Judicial de la Federación, y se establecen sus bases, y detalla, en su considerando cuarto, una nueva forma de crear jurisprudencia a través del sistema de precedentes.

                Con ello, la interpretación judicial adquiere mayor alcance, ya que no sólo habrá que aplicar la jurisprudencia emitida por los Tribunales del Poder Judicial de la Federación conocidas como “tesis”, como tradicionalmente se hacía; ahora habrán de considerarse, también, los precedentes que cuenten con votación idónea, sin esperar a que un criterio sea reiterado para considerarse obligatorio.

El precedente, figura adoptada del common law, deberá entenderse como los razonamientos empleados para resolver un asunto sobre determinada problemática, que obligatoriamente tendrá que considerarse en asuntos similares futuros. Estos argumentos, concentrados en una sentencia, pueden verse reflejados en una tesis, o no.

El pasado viernes 3 de septiembre, la Primera Sala del Alto Tribunal, publicó en el Semanario Judicial de la Federación los primeros 3 precedentes obligatorios (identificados como PO), dos relativos a la extradición (registros 2023507 y 2023506) y uno referente a los beneficios preliberacionales de la libertad condicionada y la libertad anticipada (registro: 2023502), los cuales son de aplicación obligatoria a partir del lunes 6 de septiembre.

Sin duda, estamos ante el comienzo de una nueva etapa de la interpretación judicial y la impartición de justicia.

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“20 casos reales del sistema acusatorio adversarial mexicano y sus tesis resueltas en el Poder Judicial de la Federación” de los magistrados Selina Haidé Avante Juárez, Juan Ramón Rodríguez Minaya y Jorge Mercado Mejía José Faustino Arango Escámez (Edit. Consejo Judicatura Federal) presenta un recuento de la forma en que se resolvieron juicios de interés nacional.  En uno se establece quién tiene la calidad de víctima en los delitos ambientales. El más llamativo consiste en que, no obstante que los padres de la víctima del delito eran quejoso y tercero interesado en el juicio de amparo, debe llamarse a juicio al adolescente y además nombrarle un representante especial. Los derechos de los menores deben cuidarse incluso al grado de ser parte del juicio sin depender procesalmente de sus padres.

                La presencia del juez en las audiencias orales penales y la nueva aproximación que deben tener los jueces federales cuando en el juicio de amparo se reclaman actos derivados de la prisión preventiva hacen de este libro un escaparate para comprender los beneficios del nuevo sistema penal.

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