EL PRESIDENTE DE LA CORTE Y EL JUZGADOR TÉCNICO
EL PRESIDENTE DE LA CORTE Y EL JUZGADOR TÉCNICO
Ricardo Guzmán Wolffer
Los jueces sólo pueden hablar por
medio de sus resoluciones. Si un juez se pronuncia fuera de juicio, incumple
con su deber esencial: resolver con transparencia. No hay mayor atributo para
un juzgador que la confianza social. Los juzgadores terminan encarnando muchos
ideales nacionales. Entre los funcionarios públicos, no hay un cargo de mayor
impacto interior que el de dar sentido a todo un sistema legal, personalizado
en el resolutor de un conflicto.
Ahora hay un caso único en la
historia de México. Con un solo beneficiario directo. Dentro de la reforma
constitucional judicial formalmente publicada, se contempla la ampliación
temporal del ministro Arturo Zaldívar como presidente de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación. Ello después de las elecciones que definirán el resto
del sexenio. Como si hubiera habido interés en ocultarla antes de la votación.
Para definir su aplicación, el
ministro presidente pidió una consulta al pleno de la Corte. No es un
procedimiento novedoso.
Ante la avalancha de reclamos
para que el presidente Zaldívar se pronuncie sobre si aceptará o no esa
ampliación, él ha optado por la vía procedimental: el conflicto se resolverá en
un trámite judicial. Ante la lentitud de otros procesos donde podría haber
pronunciamiento del pleno de la Suprema Corte, el ministro ha preferido iniciar
uno que se resolverá mucho antes de que llegue el fin de su presidencia. Más
allá del escándalo mediático, esa nueva disposición (legal hasta ahora: no se
ha declarado inconstitucional por ningún juzgador precisamente por la falta de
juicio o de acción de inconstitucionalidad) sólo tendrá efectos al final del
periodo por el que fue elegido el ministro. Y eso tardará más de un año. Además,
lo que el presidente dijera ante los medios no es vinculante: lo relevante es
establecer la constitucionalidad ( o no) de esa ampliación.
Para evitar la espera y devolver
la confianza ciudadana que los legisladores parecen querer minar, el ministro
Zaldívar impulsó un trámite para que exista una resolución judicial sobre este
artículo. Como máximo juzgador del país, ha optado por definir el destino de esta
disposición mediante una resolución judicial. Técnica legal, ante todo. Es el
mejor camino para que se defina sobre este artículo transitorio que pone en
evidencia las carencias legislativas: no importa qué artículo se debata
previamente a la votación, puede ser modificado sin ninguna dificultad y los
legisladores son capaces de votar sin revisar el texto final.
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“Cuentos sin corbata” recopilación
de cuentos coordinada por Walter M. Arellano y Oscar E. Torres. Edit. Libitum.
México, 2021.
La relación derecho-literatura
tiene muchas facetas. Una es la relativa a los textos literarios que hacen los
juristas, ya sean funcionarios o profesores. “Cuentos” reúne 20 textos de
abogados, en su mayoría profesores universitarios de varios países, que hablan
sobre temas jurídicos, pero bajo un enfoque literario. Lo mismo está un juez
del futuro que corre a la persecución del 5º. Reich, que el litigante capaz de
inventar lo indecible con tal de ganar un juicio (incluso contradiciendo lo
hecho por él mismo con un cliente anterior). Las preocupaciones más extremas se
esconden bajo estos textos: la falta de identidad nacional; la inocencia aparente
del contrabandista de droga primerizo que es detenido; la necesaria separación
del juicio mediático y del juicio judicial; la indefensión del paciente en un
sistema médico como el mexicano donde la oferta pública es deficiente y la
oferta privada es voraz; la publicidad de las pésimas condiciones en que
laboran los policías, quienes ofrendan la vida por la paz social a cambio de un
maltrato social; entre otras.
La divulgación del conocimiento
jurídico puede ser divertida. Aquí varios textos de excelente factura
evidencian que la problemática mexicana se replica en otros países. Un libro de
mucho alcance. Un ladrillo más para cimentar el prestigio de editorial Libitum.
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afines.
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