EL DERECHO A LA RISA POLÍTICA más reseña y artículo
LA RISA POLÍTICA; LAS DEDUCCIONES FISCALES Y LA JURISPRUDENCIA; “Psicología cognitiva en el aula” de Guadalupe Vadillo y Cynthia Klingler (Edit. Universidad de las Américas)
EL DERECHO A
LA RISA POLÍTICA. Cada sexenio hay desencuentros entre políticos y usuarios de
la comedia. Ya sea un cartonista (Rius), un comunicador (Brozo) o un standupero
(Costeño), ni se diga actores (Suárez) y carperos (Palillo). Desde hace siglos,
en México el humor choca a los poderosos por la crítica implícita. El sexenio
pasado la burla grosera y abrumadora se extendió a los familiares del
presidente.
Ahora se
pretende denostar a quien se burla del Presidente. Los peculiares mecanismos de
las redes sociales y la posibilidad de manejarlas con recursos y usuarios
expertos, facilita el linchamiento mediático. Llama la atención no la burla en
sí, sino el fanatismo de los defensores; como si el Presidente se afectara por
esas bromas; que, además, él mismo hace a otros políticos (“El Comandante
Borolas”, etc.). También, los usuarios de esas redes insultaron a las hijas de
otros presidentes, pero exigen respeto para el hijo menor del actual. Los
millones de usuarios no logran uniformar sus manifestaciones. El riesgo de la
intransigencia es su cercanía con la censura y el ataque directo. Como si necesitáramos
más violencia.
LAS
DEDUCCIONES FISCALES Y LA JURISPRUDENCIA
Ricardo Guzmán
Wolffer
Uno de los
factores de poder político de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
es la jurisprudencia que emite: es obligatoria para todas las autoridades. No
importa cómo se hubieran elaborado las leyes, deberán aplicarse como se explica
en la jurisprudencia. En ciertos casos, puede ser delito federal de autoridades
administrativas y judiciales no ajustarse a la jurisprudencia vigente.
Al resolver la
Contradicción de tesis 203/2019, la 2ª. Sala de la SCJN dictó la jurisprudencia
de rubro “DOCUMENTOS PRIVADOS. DEBEN CUMPLIR CON EL REQUISITO DE ´FECHA CIERTA’
TRATÁNDOSE DEL EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE COMPROBACIÓN, PARA VERIFICAR EL
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES DEL CONTRIBUYENTE”(registro 2021218).
Para evitar actos fraudulentos, se exige a los documentos privados presentados
a la autoridad fiscal una fecha cierta; y se establece como tal su inscripción
en el Registro Público de la Propiedad, la fecha de presentación ante un
fedatario público o a partir de la muerte de cualquiera de los firmantes.
La
jurisprudencia no establece si son viables otras formas para establecer la
fecha cierta de un documento de uso fiscal (testigos, grabaciones, y demás). En
apariencia se coarta la facultad valorativa de autoridades administrativas. En
todo caso, se añade una carga adicional al contribuyente cautivo para lograr
deducciones fiscales. Puede que esto favorezca al SAT en los miles de juicios
fiscales y trámites regulares.
La dificultad
en cualquier trámite oficial, el aumento de requisitos para lograr una
deducción, la reducción de posibilidades para recurrir tales resoluciones y,
sobre todo, la sensación de opresión llevarán a la ciudadanía a buscar
mecanismos alternos para evitar las declaraciones fiscales. Este tipo de
resoluciones de aparente corte técnico tendrá consecuencias en el cumplimiento
fiscal de muchas empresas.
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“Psicología
cognitiva en el aula” de Guadalupe Vadillo y Cynthia Klingler (Edit.
Universidad de las Américas) presenta herramientas para quienes desean la ruta
judicial: futuros jueces y secretarios de la reforma laboral, requerirán nuevas
destrezas en su desempeño en los nuevos juicios orales.
Durante
décadas, para ganar los concursos de tales plazas en el Instituto de la Judicatura
Federal, bastaba ser un conocedor del derecho. Tal enfoque debe ampliarse. Y
aquí hay herramientas indispensables.
Un juez ¿nace
o se hace? Al igual que la inteligencia, el desempeño judicial requiere un
parámetro inicial. Si se establece que cualquiera puede ser juzgador, Vadillo
utiliza la ciencia cognitiva para, entre muchos temas, establecer el camino del
novicio para ser experto (aprendizaje). Y tales habilidades lograrán que los
jueces de los primeros juzgados de procesos laborales federales tengan un
alcance mayor en sus decisiones.
Además de
saber derecho, los jueces deben tener herramientas de psicología cognitiva,
entre muchas otras áreas del saber. El desempeño basado en campos hasta ahora
no planteados en los programas concursales judiciales es inevitable.
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