VIDEOS JUDICIALES/LA REVOCACIÓN DE MANDATO Y LA OBLIGACIÓN CIUDADANA

 

Recientemente se han viralizado dos videos judiciales. En uno se escucha un pleito verbal entre un Juez federal y uno de sus secretarios: el primero le grita al segundo “que haga su trabajo, haragán” y el segundo pide ser tratado con dignidad. En otro video están unos presuntos representantes del sindicato de trabajadores del Poder Judicial Federal hablando con una secretaria de ese juzgado, quien aparentemente está por llorar ante el trato recibido. Esto llevó al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) a emitir un comunicado donde dice que “el acoso laboral no nos define”.

Se espera de los jueces que sean amables para todo, incluso para requerir el trabajo a sus subalternos o enfrentar al crimen organizado. Se espera que los secretarios cumplan con sus funciones (en el video no se escucha que el abogado aduzca haber cumplido con sus labores). Se espera que el Sindicato intervenga cuando hay un procedimiento donde se le llama, no que sea un conveniente vigilante del quehacer judicial cotidiano: para establecer qué puede hacer un juez está el CJF. Se espera que no se violente a las trabajadoras de confianza.

La presente administración ha tomado muchas medidas para evitar el nepotismo, el abuso en los nombramientos, para erradicar el acoso sexual. Ahora toca acabar con el acoso laboral que no sólo puede darse del juez al secretario, también los empleados pueden acosar a su jefe (al incumplir con sus labores dolosamente y obstruir el funcionamiento judicial), o de terceros hacia el personal. Si el juez hubiera exigido el trabajo de otra forma, tal vez estaríamos pensando en la necesidad de evaluar el desempeño del personal de los juzgados federales para establecer las sanciones que deben tener quienes no cumplen con su función, independientemente del nombramiento, por muy amables que sean.

LA REVOCACIÓN Y LA OBLIGACIÓN CIUDADANA

Alejandro Haddad Hernández*

El próximo 10 de abril hay que acudir a las urnas para participar en “la revocación de mandato”. No sólo hay una responsabilidad ética para decirlo así, jurídicamente es inevitable. Lo ordena la Constitución Política federal en su artículo 36, fracción III:  "Son obligaciones del ciudadano... III. Votar en… los procesos de revocación de mandato, en los términos que señale la ley;"

No sólo eso. El artículo 38, fracción I, Constitucional dice: “Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden: I. Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obligaciones que impone el artículo 36 …;".

Se ordena expresamente participar y hay una sanción si no se hace. Si decidimos incumplir con esa obligación debemos estar conscientes de las consecuencias. Se dirá: “no he conocido ningún caso en el que por no acudir a la urna se haya sancionado a nadie”, y puede ser cierto, pero nada impide que la autoridad competente sancione a quien no participó.

Se dice “el que calla otorga”, por eso es mejor participar para mostrar nuestra conformidad o disconformidad con la forma de gobernar del presidente. Más allá del resultado y de que él decida concluir su periodo constitucional, es importante que los ciudadanos mostremos nuestra postura; hay que mantener el estado de derecho. Es hora de tener fuerza cívica con base en la paz y respeto a los derechos humanos.

Este es un punto de vista jurídico, no político. Cada decisión es respetable.

*haddad­_juicio@hotmail.com

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