DE LA INEXISTENTE IMPUNIDAD JUDICIAL FEDERAL/ “Teoría de la democracia. Dos perspectivas comparadas” de Michelangelo Bovero y Luigi Ferrajoli (ediciones INE, México)

 

AGENDA JUDICIAL     Editor Ricardo Guzmán Wolffer      Sección quincenal

 

EDITORIAL El remedio para facilitar la “Reforma energética”, modificar la Constitución Federal para que los cambios legislativos ahora suspendidos judicialmente no puedan tildarse de inconstitucionales, tampoco funcionará. Los tratados internacionales y las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos obligan a México a respetar los derechos humanos con un enfoque mayor al que pueda tener la Ley mexicana. Las tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación con registro digital 2015828, 2014015, 2010428 y 2015828, en especial la de rubro “Restricciones constitucionales al goce y ejercicio de los derechos y libertades. Su contenido no impide que la Suprema Corte de Justicia de la Nación las interprete de la manera más favorable a las personas, en términos de los propios postulados constitucionales.” clarifican que, en derechos humanos, la Constitución Política nacional ha dejado de ser el único referente para juzgadores mexicanos, como lo es el derecho a un medio ambiente sano.

            La posibilidad de que los juzgadores mexicanos coincidan con la Reforma Energética tampoco impide que las resoluciones judiciales mexicanas sean revisadas por Cortes Internacionales.

 

DE LA INEXISTENTE IMPUNIDAD JUDICIAL FEDERAL

Ricardo Guzmán Wolffer

 

Los señalamientos de impunidad al interior del Poder Judicial Federal, en cuanto a que no se sanciona a jueces y magistrados federales, expuestos por políticos y legisladores, están muy lejos de la realidad.

 Desde su inicio, el Consejo de la Judicatura Federal ha sido especialmente cuidadoso en vigilar el desempeño de todo el personal de juzgados y tribunales federales. De 1996 a 2020, se han sancionado a 4,432 funcionarios: oficiales administrativos, actuarios, secretarios, jueces y magistrados (incluido personal del Instituto de la Judicatura Federal por haber filtrado información en concursos para Jueces de Distrito). 4,432 resoluciones firmes, algunas de apercibimiento, de amonestación, de suspensión, de inhabilitación, de destitución y hasta de sanción económica.

            A jueces y magistrados se les vigilan sus actuaciones administrativas (declaración patrimonial, estadísticas, nombramientos, visitas, etc.), su trato con el personal (acoso laboral, acoso sexual, etc.), su trato con litigantes, su situación patrimonial, su situación familiar (nepotismo) y, por supuesto, sus procedimientos (si se tramitan en los plazos legales) y resoluciones (si coinciden con el expediente o alguna jurisprudencia obligatoria).

            Si al cierre de 2019, había 1,437 Magistrados y Jueces (Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal 2020, Inegi), el porcentaje de sanciones firmes al interior del Consejo de la Judicatura Federal no es menor. Excede con mucho a la proporción de sancionados en los Poderes Ejecutivo y Legislativo federales. En porcentajes y números, se ha emitido el equivalente a sancionar tres veces a todos los actuales titulares de juzgados y tribunales. No es cosa menor.

            A lo cual habría que añadir las actuaciones, que formalmente no son sanciones, pero remedian problemas. Como la readscripción por actos demostrados de nepotismo cuando no había prohibición administrativa al respecto.

            Al interior del Consejo de la Judicatura Federal no hay impunidad. Muy lejos de ello.

https://www.scjn.gob.mx/transparencia/consulta-informacion/institucional/informes

 

https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/cnijf/2020/doc/cnijf_2020_resultados.pdf

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“Teoría de la democracia. Dos perspectivas comparadas” de Michelangelo Bovero y Luigi Ferrajoli (ediciones INE, México) analiza la verdadera democracia. La democracia formal (como llegar al poder: el voto) queda muy lejos de ser real cuando los derechos esenciales para todas las personas no se materializan. Entre los millones de pobres en ascenso, la prevalencia de lo formal sobre lo social, la posibilidad de modificar las leyes y los inexistentes resultados, la verdadera democracia se diluye.

            Confundir el consenso popular con la democracia es limitarse al formalismo del acceso al poder: deja a la democracia aparente en espera de caer “como un árbol vacío, acabado por las termitas”.

            Una visión atemporal de la democracia.

 

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